martes, 28 de abril de 2015

LOS TRIBUNALES VUELVEN A DAR LA RAZÓN A LOS TRABAJADORES

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid desestima el recurso de suplicación realizado por Desprosa en relación a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 14 con fecha de 28 de Octubre de 2013 nº de Autos 635/2011,  en la cual se reconocía el derecho de los trabajadores (jardineros de Naturalcalá) al uso del vehiculo de empresa para desplazarse  a su centro de trabajo.

Actualmente se han regulado los términos y condiciones para el cumplimiento de la citada sentencia de mutuo acuerdo con los trabajadores, asumiendo la empresa la ejecución de la misma y quedando pendiente resolver en los juzgados las reclamaciones de cantidad individuales interpuestas por los trabajadores, que vendrían a compensar el perjuicio ocasionado a lo largo de todo el proceso judicial.

Asimismo, señalar la voluntad de este colectivo de trabajadores, de intentar reiteradamente buscar una solución al conflicto durante todo el proceso jurídico, encontrando de continuo una negativa por parte de la empresa.

También indicar que el pasado 20 de Abril tuvo lugar el primer  juicio de reclamación de cantidades de uno de los trabajadores afectados, utilizando Desprosa en defensa de sus intereses un acuerdo firmado en el Instituto Laboral, argumentando e interpretando en dicho acuerdo, que como la situación de los trabajadores estaba en suspenso hasta que hubiese una resolución por parte del Juzgado,  no entienden que tengan asumir las cantidades que han generado  el perjuicio ocasionado,  y alegando en la vista oral que desconocía como se trasladaban los trabajadores a su centro de trabajo.

 Increíble pero cierto, lo gracioso  es que de todos es sabido,  y desde el Comité de Empresa se denuncio públicamente en su momento, concretamente en el Boletín Informativo  de los delegados de UGT del mes de Junio de 2014 que podéis encontrar en nuestro blog, el incumplimiento  de Desprosa de sus propios acuerdos, sí,  el Acuerdo del Instituto Laboral que ahora utiliza para eximir responsabilidades,  publicado en el B.O.C.M. Núm.  119 de SÁBADO 19 DE MAYO DE 2012, en donde la empresa se comprometía en aquel acto a asumir la resolución judicial de la reclamación de derechos realizada por el gabinete jurídico de UGT y que posteriormente recurrió desdiciéndose así de lo pactado.

 No obstante, cabe recalcar pese al posicionamiento de la empresa, la disposición de los trabajadores de buscar soluciones y alcanzar un acuerdo extrajudicial que resuelva toda esta situación en su conjunto.