A pesar de la sentencia que declara ilegal la
modificación del Plan de Ordenación Urbanística de Alcalá de Henares, el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid se ha manifestado a favor de mantener las licencias derivadas de la misma.
Como todos los trabajadores de Desprosa
recordarán, recientemente el Tribunal Supremo anuló la modificación realizada
en el Plan General de Ordenación Urbanístico de Alcalá de Henares que permitió
la construcción de las instalaciones de El Encín-Golf en su emplazamiento
actual.
Apoyándose en esta sentencia, la Asociación CODA-Ecologistas en Acción realizó una reclamación legal para
que los efectos de la anulación se extendiesen también a las licencias
otorgadas por el Ayuntamiento que se hubiesen derivado del cambio en dicho
Plan, entre las que se incluyen las licencias de construcción y ocupación del
campo de golf.
El Ayuntamiento de Alcalá y la Comunidad
de Madrid argumentaron en contra que dichas licencias fueron concedidas con
pleno respeto a la normativa vigente en aquel momento, no constando que ninguna
de las licencias indicadas fuera objeto de impugnación, por lo que tienen la
consideración de actos firmes y consentidos.
Finalmente el fallo del Tribunal Superior de
Justicia mediante auto de fecha 10 de septiembre de 2014 considera que las
licencias deben mantenerse ya que la anulación del Plan Urbanístico no conlleva necesariamente la
anulación de los actos firmes derivados de él.
En el auto se argumenta que la anulación del
Plan es más importante por el hecho de
evitar las acciones futuras que podrían haberse derivado de mantenerse la
modificación ilegal que los efectos que ha producido en el pasado.
Esta sentencia es claramente favorable
al mantenimiento de la actividad en el complejo El Encín-Golf, y esperamos que a la sostenibilidad de los
puestos de trabajo asociados, suponiendo un motivo de tranquilidad y confianza
en el futuro para todos los trabajadores/as que prestan allí sus servicios.