jueves, 30 de marzo de 2017

COMPENSACIÓN PARA LOS TRABAJADORES/AS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS POR EXCESO DE JORNADA 2017

Tras la solicitud realizada por la Sección Sindical de UGT. La empresa informa que  la compensación por  exceso de jornada para los trabajadores/as incluidos en el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios durante el año 2017 será aplicada en cada una de las instalaciones  (Olivar, Encín y Naturalcalá) de forma independiente respetando las características de las mismas.

Igualmente traslada que procederá a compensar el exceso de jornada  proporcionalmente con una reducción de la misma y/o de días libres de forma general durante los meses de  Noviembre, Diciembre de 2017 y Enero de 2018 de la siguiente manera:

EL ENCÍN GOLF


1.- Mantenimiento (Jardinería)
Del 2 de noviembre, y hasta completar las 32 horas realizadas de más, la entrada será a las 08.00  y la salida a la hora habitual (15:00).
2.- Oficinas, cuarto de palos, cancha de prácticas, Marshall y mantenimiento.
Desde el 2 de Noviembre la jornada diaria será de 7 horas. La entrada al trabajo será la habitual y la salida se adelantará 1 hora, hasta completar las 32 horas realizadas en exceso de jornada de trabajo.
3.- Recepción.
Jornadas completas de trabajo a partir el 1 de Enero, fijando como fecha límite para su disfrute  el  31 de Diciembre de 2017. La jornada especial de libranza tendrá que ser solicitada por escrito al responsable con al menos 72 horas de antelación.

NATURALCALÁ


1.- Jardinería, limpieza y mantenimiento.

Como consecuencia de la finalización del contrato público de concesión, suscrito entre Desprosa y el IMDER ( Instituto Madrileño del Deporte) en las instalaciones de Naturalcalá,  el próximo 31 de Agosto de 2017.

Los trabajadores y trabajadoras disfrutarán de jornadas completas de trabajo a partir del 1 de Marzo de 2017, fijando como fecha límite para su disfrute  el  31 de Agosto de 2017. La jornada especial de libranza tendrá que ser solicitada por escrito al responsable con al menos 72 horas de antelación.

Asimismo, las jornadas especiales de libranza podrán acumularse en días de vacaciones pendientes de disfrutar, fijando como fecha límite para su disfrute  el  31 de Agosto de 2017.

Igualmente, tanto los días de vacaciones como los días de compensación por exceso de jornada serán disfrutados de forma proporcional a los meses efectivamente trabajados,  que comprenden entre el 1 de Enero y el 31 de Agosto de 2017.

 

EL OLIVAR DE LA HINOJOSA


1.- Administración, cancha de prácticas, cuarto de palos, recepción.

- La compensación por exceso de jornada se realizará antes del 31 de Diciembre, se procederá a regular en días libres, debiendo ser solicitada por escrito al responsable con al menos 72 horas de antelación, o bien, reduciendo la jornada laboral de los trabajadores/as  afectados/as al inicio o finalización de la misma

En todos los centros de trabajo (Olivar, Naturalcalá, Encín) donde en el día 1 de enero hubiese algún trabajador y no le correspondiese trabajar ese día y lo hubiese trabajado y no tuviese la compensación económica, se le compensará con un día por exceso de jornada.


En todos los casos, con independencia del centro de trabajo o colectivo afectado, para todos los trabajadores y trabajadoras que puedan verse perjudicados en la compensación del exceso de jornada, por coincidir la reducción de su jornada laboral con el periodo de disfrute vacacional, dicho periodo de reducción de jornada les será ampliado proporcionalmente, fijando como fecha límite para su compensación el 31 de Enero 2018

CONSTITUIDO EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN DESPROSA


El pasado 14 de Marzo ha quedado constituido en una reunión celebrada al efecto  en las instalaciones de El Encín Golf el Comité de Seguridad y Salud en Desprosa, que será el encargado de velar por el cumplimiento de todo lo relativo a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa.

En dicha reunión participaron en representación de UGT los Delegados de Prevención, David Pérez Caravaca, Ricardo López Arroyo así como el presidente del Comité de empresa, Diego Naya Rodríguez.

Por parte de la empresa formarán parte del citado Comité de Seguridad y Salud, Ángel Luis López y Gregorio Rincón.

En esa fecha quedó aprobado el Reglamento de Funcionamiento del Comité, según el cual se regulan las funciones y tareas de todos sus miembros, así como el régimen de reuniones y procedimientos a seguir.

La parte social  reiteró una vez más la obligación de realizar de forma urgente  los simulacros en los distintos centros que Desprosa  gestiona en la Comunidad de Madrid  (El Olivar, El Encín, Naturalcalá), gestión que se viene postergando en el tiempo desde la anterior legislatura.

Igualmente, también  solicitó  a la empresa que acreditase las gestiones realizadas con el IMDER (Instituto Madrileño del Deporte) con respecto al deterioro y deficiencias de algunas zonas en las instalaciones de Naturalcalá, situación que también se viene alargando en el tiempo desde la anterior legislatura, y que puede suponer un riesgo para la integridad física de clientes y trabajadores/as.

De la misma manera, se reclamaron las fichas de entrega de vestuario y Equipos de Protección Individual de los trabajadores/as de los tres centros, así como los distintos  planes de formación profesional a la plantilla para el año 2017.


Tanto la Representación de los Trabajadores como la Representación de la Empresa, acordaron establecer a corto plazo un calendario  de visitas y evaluaciones  a los centros conjuntamente con los servicios de prevención de Desprosa.

lunes, 13 de marzo de 2017

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y GIMNASIOS






FeSMC-UGT DENUNCIA EL INTENTO DE LA ASOCIACIÓN  EMPRESARIAL DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS PARA DEJAR SIN CONVENIO A MAS DE 100.000 TRABAJADORES/AS




En la actualidad, existe un convenio colectivo de ámbito estatal que vincula a todos los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios en las empresas (tanto públicas como privadas) cuyo objeto o actividad sea la práctica deportiva.


El acuerdo –que afecta, aproximadamente, a 120.000 trabajadores del sector– está suscrito por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNEID) y las organizaciones sindicales UGT y CCOO.   


En estos días se están renegociando las condiciones laborales para alumbrar un nuevo texto. El convenio está vencido a 31 de diciembre de 2015, pero se mantiene su aplicación en ultractividad indefinida (mientras se negocia uno nuevo).


 Durante su vigencia, se han producido diversos intentos de inaplicación de las condiciones pactadas (buscando la aplicación únicamente del derecho necesario existente en España: Estatuto de los Trabajadores y Salario Mínimo Interprofesional) con suerte dispar para los empresarios,  ya que una asociación empresarial de instalaciones náuticas consiguió una sentencia favorable en la Audiencia Nacional alegando que siendo representativa no había formado parte de la negociación del convenio, con lo que se anuló el artículo que les vinculaba al convenio (puertos deportivos). También, otra asociación de campos de golf denunció el convenio con la misma intención y, hasta en dos ocasiones, la Audiencia Nacional les obligó a la aplicación del mismo. 


Maniobras para dinamitar la negociación colectiva.


Ahora, la Asociación de Empresarios del Deporte de  Andalucía (no asociada a FNEID) pretende la nulidad del convenio alegando la falta de legitimación tanto de la patronal firmante como de los sindicatos

Por si no fuera suficiente en este cúmulo de despropósitos, a la Asociación de Empresarios del Deporte de Andalucía se suma la AECG (Asociación de Española de Campos de Golf), alegando igualmente la falta de legitimación de FNEID, y solicitando a esta última y a las organizaciones sindicales que, de forma inminente, se abstengan de extender el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios, que actualmente se encuentra en negociación, a las relaciones laborales que se desarrollan en los campos de golf y, en consecuencia, que no se regule cuestión alguna en relación a los mismos. 


Con independencia de que la Asociación Española de Campos de Golf se encuentre en disposición de querer constituirse como patronal, y promover a futuro la negociación de un nuevo convenio colectivo de ámbito estatal que regule expresamente ese sector, desde UGT defenderemos que, mientras eso no se produzca, los trabajadores y trabajadoras afectados deben seguir manteniendo un convenio de aplicación. 


Asimismo, queremos trasladar nuestra total repulsa y disconformidad con aquellos que, una vez más pretenden, desde sus posiciones de poder, dejar sin convenio y precarizar las condiciones laborales y salariales de miles de familias en todo el territorio español. 


Igualmente,  consideramos que estas groseras confabulaciones empresariales obedecen a un claro ataque al sistema de negociación colectiva existente en nuestro país, con consecuencias imprevisibles en otros sectores de actividad. 


Por todo ello, desde UGT se está valorando el inicio de posibles acciones legales y sindicales.