jueves, 15 de octubre de 2015

FIRMADO POR FIN EL NUEVO CONVENIO DE ACCIÓN E INTERVENCIÓN SOCIAL

Después de muchas vicisitudes y varios años de intensa negociación, el pasado mes de Julio se publico en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Convenio de Acción e Intervención Social, que afecta a más de 150.000 trabajadores y trabajadoras en todo el país.

El convenio es de una importancia destacable, por que regula y estructura de forma básica un sector con mucha demanda social.

Cabe señalar en el citado convenio, la incorporación de una cláusula que garantiza como condición más beneficiosa todos los derechos laborales y salariales adquiridos por los trabajadores y trabajadoras, de tal forma que ninguna persona pueda verse perjudicada por la implantación de ningún apartado acordado en este convenio.

La UGT se congratula por haber alcanzado por fin este acuerdo que va a proteger a un gran número de trabajadores y trabajadoras en todo el Estado.


Igualmente, recordaros que en la pestaña de Convenios de nuestro blog podréis ver y consultar el contenido del nuevo convenio.

martes, 13 de octubre de 2015

CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA C.A.M. 2013-2017

El pasado mes de Mayo se firmo el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad Autónoma de Madrid para los años 2013 - 2017. 

Tras prácticamente dos años de negociación sufriendo un más que evidente estancamiento del dialogo social, sin vigencia del Convenio desde febrero de 2014, por no disponer el mismo de ultraactividad; y en un contexto complicado a raíz de la última reforma de la negociación colectiva que ponía topes imposibles a los tiempos que las partes necesitan para negociar en igualdad de condiciones, hemos logrado alcanzar un acuerdo.

Dicho acuerdo, que podemos calificarlo de bueno, salvaguarda el derecho de los trabajadores y trabajadoras del Sector de Oficinas y Despachos a normar sus condiciones de trabajo a través de la negociación colectiva, con un nuevo texto en el que logramos mantener aquellos aspectos que para la Patronal eran objeto de su eliminación, como eran la antigüedad, el complemento de incapacidad temporal, la cláusula de no compensación y absorción y la jornada intensiva de verano. Además, el acuerdo contempla las siguientes mejoras:

• Mantenimiento de las tablas salariales para los años 2013 y 2014, dando con ello seguridad jurídica al resto de conceptos cuantificados económicamente.

• Incremento Salarial del 0,50% para el año 2015.

• Revisión Salarial, a través de la Comisión Paritaria, de las tablas para los años 2016 y 2017, en función del Acuerdo de Negociación Colectiva recientemente firmado.

• Mejora del redactado del complemento de Incapacidad Temporal.

• Inclusión del complemento de las prestaciones de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta el 100 % de la base reguladora.

• Introducción del permiso retribuido de 20 horas anuales para formación profesional para el empleo vinculada a la actividad de la empresa.

• Creación de una Comisión Paritaria de Formación que fomente el desarrollo de los planes de formación en las empresas.


• Estructuración adecuada de las antiguas categorías profesionales a través de grupos y niveles profesionales. 


En la pestaña de Convenios de nuestro Blog podréis encontrar las nuevas tablas salariales con el citado incremento.

viernes, 9 de octubre de 2015

ES DE LEY RESCATAR A LAS PERSONAS Y COMBATIR LA DESIGUALDAD

Desde las Confederaciones de UGT y Comisiones Obreras se ha promovido una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para establecer una Prestación de Ingresos Mínimos en el Ámbito de la Protección de la Seguridad Social.

El objetivo es recoger 1 millón de firmas cada organización a nivel estatal, antes del 31 de Octubre de 2015.

El planteamiento de esta prestación de ingresos mínimos se ha configurado como una prestación del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, destinada a garantizar ingresos a personas con disponibilidad para trabajar que carecen de empleo y recursos económicos para sí y, en su caso, para los familiares a cargo.

En UGT nos hemos basado para esta propuesta en el desarrollo del principio rector consagrado en el artículo 41 de la Constitución, según el cual los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.

Dicha prestación requeriría el cumplimiento de una serie de requisitos, entre otros, que mientras dure la prestación la persona carezca de empleo y recursos económicos para sí; no recibir prestaciones por desempleo u otras ayudas o prestaciones económicas contempladas en programas temporales de protección por desempleo; estar inscrito como demandante de empleo al menos durante los 12 meses anteriores a la solicitud; en relación al límite de rentas no computarán algunas prestaciones relacionadas con ayudas familiares, de emergencia social y/o de naturaleza asistencial.