miércoles, 23 de diciembre de 2015

FeS-UGT FIRMA EL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE JARDINERÍA 2015-2016


El pasado 17 de Diciembre,  la Federación de Servicios FeS-UGT procedió a firmar el Convenio Estatal de Jardinería en las instalaciones del SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje).

Teniendo en cuenta que este Convenio ha sido negociado desde unos parámetros muy complicados, ya que por parte de las Patronales se pretendía arrebatar condiciones laborales ya consolidadas, tanto sociales como económicas, y que consistían  en la congelación salarial para el año 2015, la congelación de los saltos de antigüedad, y la rebaja del Plus Transporte entre otras muchas de sus pretensiones.

Desde este humilde blog queremos agradecer tanto a los compañeros y compañeras que han estado en la mesa de negociación del Convenio, como a los jardineros y jardineras de este país que han defendido y han luchado, pese al inmovilismo y pasividad de otros y de otras, la sustentación y mejora de condiciones  de un convenio digno en el sector que siga regulando sus condiciones laborales y salariales.

En este sentido, desde la Sección Sindical de FeS- UGT en DESPROSA, nos sentimos enormemente satisfechos con la firma de este Convenio, ya que no sólo no se han conseguido eliminar derechos, sino que mantiene todas las condiciones laborales y sociales, así como un incremento salarial.

Dicho incremento salarial consiste en pago único de 110€ (no consolidable) a pagar en Enero de 2016, y un incremento del 1% en todos los conceptos salariales que regula el Convenio para el año 2016.

jueves, 15 de octubre de 2015

FIRMADO POR FIN EL NUEVO CONVENIO DE ACCIÓN E INTERVENCIÓN SOCIAL

Después de muchas vicisitudes y varios años de intensa negociación, el pasado mes de Julio se publico en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Convenio de Acción e Intervención Social, que afecta a más de 150.000 trabajadores y trabajadoras en todo el país.

El convenio es de una importancia destacable, por que regula y estructura de forma básica un sector con mucha demanda social.

Cabe señalar en el citado convenio, la incorporación de una cláusula que garantiza como condición más beneficiosa todos los derechos laborales y salariales adquiridos por los trabajadores y trabajadoras, de tal forma que ninguna persona pueda verse perjudicada por la implantación de ningún apartado acordado en este convenio.

La UGT se congratula por haber alcanzado por fin este acuerdo que va a proteger a un gran número de trabajadores y trabajadoras en todo el Estado.


Igualmente, recordaros que en la pestaña de Convenios de nuestro blog podréis ver y consultar el contenido del nuevo convenio.

martes, 13 de octubre de 2015

CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA C.A.M. 2013-2017

El pasado mes de Mayo se firmo el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad Autónoma de Madrid para los años 2013 - 2017. 

Tras prácticamente dos años de negociación sufriendo un más que evidente estancamiento del dialogo social, sin vigencia del Convenio desde febrero de 2014, por no disponer el mismo de ultraactividad; y en un contexto complicado a raíz de la última reforma de la negociación colectiva que ponía topes imposibles a los tiempos que las partes necesitan para negociar en igualdad de condiciones, hemos logrado alcanzar un acuerdo.

Dicho acuerdo, que podemos calificarlo de bueno, salvaguarda el derecho de los trabajadores y trabajadoras del Sector de Oficinas y Despachos a normar sus condiciones de trabajo a través de la negociación colectiva, con un nuevo texto en el que logramos mantener aquellos aspectos que para la Patronal eran objeto de su eliminación, como eran la antigüedad, el complemento de incapacidad temporal, la cláusula de no compensación y absorción y la jornada intensiva de verano. Además, el acuerdo contempla las siguientes mejoras:

• Mantenimiento de las tablas salariales para los años 2013 y 2014, dando con ello seguridad jurídica al resto de conceptos cuantificados económicamente.

• Incremento Salarial del 0,50% para el año 2015.

• Revisión Salarial, a través de la Comisión Paritaria, de las tablas para los años 2016 y 2017, en función del Acuerdo de Negociación Colectiva recientemente firmado.

• Mejora del redactado del complemento de Incapacidad Temporal.

• Inclusión del complemento de las prestaciones de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta el 100 % de la base reguladora.

• Introducción del permiso retribuido de 20 horas anuales para formación profesional para el empleo vinculada a la actividad de la empresa.

• Creación de una Comisión Paritaria de Formación que fomente el desarrollo de los planes de formación en las empresas.


• Estructuración adecuada de las antiguas categorías profesionales a través de grupos y niveles profesionales. 


En la pestaña de Convenios de nuestro Blog podréis encontrar las nuevas tablas salariales con el citado incremento.

viernes, 9 de octubre de 2015

ES DE LEY RESCATAR A LAS PERSONAS Y COMBATIR LA DESIGUALDAD

Desde las Confederaciones de UGT y Comisiones Obreras se ha promovido una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para establecer una Prestación de Ingresos Mínimos en el Ámbito de la Protección de la Seguridad Social.

El objetivo es recoger 1 millón de firmas cada organización a nivel estatal, antes del 31 de Octubre de 2015.

El planteamiento de esta prestación de ingresos mínimos se ha configurado como una prestación del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, destinada a garantizar ingresos a personas con disponibilidad para trabajar que carecen de empleo y recursos económicos para sí y, en su caso, para los familiares a cargo.

En UGT nos hemos basado para esta propuesta en el desarrollo del principio rector consagrado en el artículo 41 de la Constitución, según el cual los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.

Dicha prestación requeriría el cumplimiento de una serie de requisitos, entre otros, que mientras dure la prestación la persona carezca de empleo y recursos económicos para sí; no recibir prestaciones por desempleo u otras ayudas o prestaciones económicas contempladas en programas temporales de protección por desempleo; estar inscrito como demandante de empleo al menos durante los 12 meses anteriores a la solicitud; en relación al límite de rentas no computarán algunas prestaciones relacionadas con ayudas familiares, de emergencia social y/o de naturaleza asistencial.





viernes, 7 de agosto de 2015

DESPROSA AMORTIZA LA IMPROCEDENCIA DE SUS DESPIDOS AHORRANDO EN EL ABASTECIMIENTO DE PROTECCIÓN SOLAR A SUS TRABAJADORES



Una vez más volvemos a ser  testigos de la actitud malévola y caprichosa por parte de algunos de los directivos de Desprosa, recientemente la empresa a procedido a despedir a un trabajador adherido al servicio de Jardinería en uno de los centros que gestiona, concretamente el centro de educación ambiental y ocio en las instalaciones de Naturalcalá, reconociendo la improcedencia de dicho despido, abonando la totalidad de la indemnización, la parte proporcional de las pagas, y los días de vacaciones no disfrutados, argumentando y justificando su acción en una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de su trabajo, no pudiendo probar la causa imputada.
Pues bien, ni que decir tiene que quien adopta ese tipo de decisiones probablemente no tenga que pagar de su bolsillo la consecuencia de sus actos, pero eso nos hace reflexionar y pensar que en esta empresa sobra la pasta, pasta de la que se gasta.

Esta situación coincide una vez mas en el tiempo con el incumplimiento de Desprosa de sus propios acuerdos, la empresa vuelve reincidir y a desdecirse de lo pactado  dentro del ámbito del Comité de Seguridad y Salud Laboral, ignorando a una parte de la plantilla que actualmente presta sus servicios en el Complejo Deportivo Golf  Olivar de la Hinojosa, dejando de proveer a sus trabajadores de protección solar y repelente para los insectos de forma individualizada, tal y como se había acordado con los Delegados de Prevención en Riesgos Laborales.

Desde este humilde blog, la Sección Sindical de FeS – UGT en Desprosa quiere trasladar su mas profundo malestar con este tipo de comportamientos, a nuestro juicio deleznables, de aquellos que continúan cometiendo fechorías con total impunidad, utilizando sus puestos de responsabilidad y relevancia  para seguir instaurando el miedo entre los trabajadores y trabajadoras, justificar así su gestión al frente de la empresa y minar la confianza de la plantilla en sus Representantes Legales.


Cabe señalar, que actualmente tanto la Sección Sindical como los delegados y  miembros del Comité de Empresa continúan valorando la posibilidad de emprender acciones legales para evitar que se sigan produciendo este tipo de tropelías.

LOS TRABAJADORES DEL SECTOR DE JARDINERÍA EN EL ENCÍN GOLF RECLAMAN A DESPROSA EL CONCEPTO SALARIAL DE ANTIGUEDAD



Ante el duro y complicado proceso de negociación del actual Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios, donde uno de los empeños de la patronal era incluir al colectivo de jardinería en el mencionado convenio, eso sí, con categorías profesionales a su elección y con salarios y conceptos salariales que en nada se corresponden con los ya regulados por el Convenio de Jardinería.

Cabe recalcar la influencia de la Sección Sindical de UGT y delegados del Comité de Empresa en Desprosa, así como el empeño y voluntad de los miembros de FeS –UGT en la mesa de negociación de dicho Convenio, para que la homologación de este colectivo tuviese una retribución adinerada acorde con el desempeño de sus funciones, y que concretamente se les aplicase integramente  todos los complementos salariales del Convenio Estatal de Jardinería

Dicho esto, y teniendo en cuenta que en Desprosa se contaba con un grupo de trabajadores desempeñando funciones de jardinería, incluidos en el Convenio de Instalaciones Deportivas, y encuadrados en las categorías profesionales de operarios de mantenimiento, la empresa, a petición de los delegados de UGT, ha procedido a regularizar las nóminas de los trabajadores en el mes de Abril, incluyéndolos en las categorías profesionales de Jardinería, amortizando con carácter retroactivo las cantidades dejadas de percibir por los mismos desde el pasado mes de Enero,  asumiendo la aplicación de todos los conceptos salariales regulados en el Convenio Estatal de Jardinería, excepto el concepto salarial de antigüedad, por entender que dicho concepto no lo tienen consolidado los trabajadores en su convenio de origen ( Instalaciones Deportivas).


Actualmente y tras la reclamación oficial de una parte de los trabajadores, reivindicando la aplicación del concepto salarial de antigüedad, y el pago de las cantidades dejadas de percibir, no desde Enero, si no desde Octubre del pasado año ( fecha de publicación en el B.O.C.A.M. de las rectificaciones realizadas en el  Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios),  a provocado que Desprosa asuma el pago de los atrasos salariales a la totalidad del mencionado colectivo de trabajadores afectados, quedando pendiente a día de hoy presentar las demandas correspondientes, solicitando el pago de la antigüedad como un concepto salarial mas.

martes, 19 de mayo de 2015

PLATAFORMA PARA LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO ESTATAL DE JARDINERÍA

LA SECCIÓN SINDICAL DE FES - UGT  EN  DESPROSA INFORMA :


PROPUESTAS   CONJUNTAS DE  UGT  Y  CCOO PARA LA NEGOCIACIÓN  DEL CONVENIO ESTATAL DE JARDINERÍA 2013-2014


  • Incremento salarial que compense la pérdida de poder adquisitivo, habida cuenta de que no ha habido subida salarial para el año 2014, y la subida pactada para el año 2013 fue dividida en dos tramos.

  • Mejora en materia de protección social que garantice el cobro del 100% de todos los conceptos salariales desde el primer día, también en situación de incapacidad temporal.

  • Incorporación en la normativa de subrogación de una regulación en la siguiente línea: “En el supuesto de cambio de contrata, independientemente que el servicio se halla visto reducido en la nueva adjudicación  a la empresa contratista entrante, se aplicará el mecanismo de subrogación recogido en este articulo como garantía de estabilidad en el empleo para todos los trabajadores/as que cumplan los requisitos para ser subrogados conforme a lo estipulado en el mismo, pasando a estar adscritos a la nueva adjudicataria del servicio, tanto todos los trabajadores/as como la jornada adscrita al referido servicio hasta ese momento”.

  • Precisión de que el periodo vacacional es de 31 días.

  • Reducción progresiva de la jornada de trabajo hasta alcanzar las 1.650 horas.

  • Incorporación de dos nuevos tramos para el percibo de antigüedad, a los 32 y 36 años.

  • Fijar que el trabajador relevista pasará a ser indefinido al finalizar el periodo de relevo.

  • Reducir en el art. 13 el periodo de realización de trabajos del subgrupo inmediatamente superior  a un máximo de 60 días.

  • Licencias del apartado b del art. 19, que se pueda hacer uso de las mismas durante un periodo mas amplio, no necesariamente en el día del hecho causante.

  • Regular que en el supuesto de cirugía ambulatoria serán dos días de licencia.

  • Ultractividad  indefinida.

  • Grupo C. No podrá exceder en más de cinco años, pasando al otro subgrupo automáticamente. (De auxiliar a jardinero).

  • Plus tóxico y penoso. Valorar problemáticas concretas.

  • Protección jurídica para los trabajadores/as por cualquier incidencia durante su jornada laboral.


  • Licencia no retribuida, máximo de un mes por año, consecutivos  o alternos para todos los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa.

martes, 28 de abril de 2015

LOS TRIBUNALES VUELVEN A DAR LA RAZÓN A LOS TRABAJADORES

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid desestima el recurso de suplicación realizado por Desprosa en relación a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 14 con fecha de 28 de Octubre de 2013 nº de Autos 635/2011,  en la cual se reconocía el derecho de los trabajadores (jardineros de Naturalcalá) al uso del vehiculo de empresa para desplazarse  a su centro de trabajo.

Actualmente se han regulado los términos y condiciones para el cumplimiento de la citada sentencia de mutuo acuerdo con los trabajadores, asumiendo la empresa la ejecución de la misma y quedando pendiente resolver en los juzgados las reclamaciones de cantidad individuales interpuestas por los trabajadores, que vendrían a compensar el perjuicio ocasionado a lo largo de todo el proceso judicial.

Asimismo, señalar la voluntad de este colectivo de trabajadores, de intentar reiteradamente buscar una solución al conflicto durante todo el proceso jurídico, encontrando de continuo una negativa por parte de la empresa.

También indicar que el pasado 20 de Abril tuvo lugar el primer  juicio de reclamación de cantidades de uno de los trabajadores afectados, utilizando Desprosa en defensa de sus intereses un acuerdo firmado en el Instituto Laboral, argumentando e interpretando en dicho acuerdo, que como la situación de los trabajadores estaba en suspenso hasta que hubiese una resolución por parte del Juzgado,  no entienden que tengan asumir las cantidades que han generado  el perjuicio ocasionado,  y alegando en la vista oral que desconocía como se trasladaban los trabajadores a su centro de trabajo.

 Increíble pero cierto, lo gracioso  es que de todos es sabido,  y desde el Comité de Empresa se denuncio públicamente en su momento, concretamente en el Boletín Informativo  de los delegados de UGT del mes de Junio de 2014 que podéis encontrar en nuestro blog, el incumplimiento  de Desprosa de sus propios acuerdos, sí,  el Acuerdo del Instituto Laboral que ahora utiliza para eximir responsabilidades,  publicado en el B.O.C.M. Núm.  119 de SÁBADO 19 DE MAYO DE 2012, en donde la empresa se comprometía en aquel acto a asumir la resolución judicial de la reclamación de derechos realizada por el gabinete jurídico de UGT y que posteriormente recurrió desdiciéndose así de lo pactado.

 No obstante, cabe recalcar pese al posicionamiento de la empresa, la disposición de los trabajadores de buscar soluciones y alcanzar un acuerdo extrajudicial que resuelva toda esta situación en su conjunto. 

CAMPAÑA PARA LA RENTA DEL EJERCICIO 2014


Como en años anteriores los afiliados/as a Fes UGT Madrid tienen a su disposición un servicio gratuito en el que se les confeccionará la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2014.

El Servicio Renta comenzará el 6 de mayo y finalizará el 15 de junio en la Casa del Pueblo de Madrid, Avenida de América número 25 Para ser atendidos es necesario  PEDIR CITA en el teléfono 91 589 70 20/ 91 589 75 36 / 91 589 75 34 en horario de 9,30 a 15,00 horas.

Este servicio también está disponible de mañana y tarde en la sede de UGT - Alcalá de Henares , c/ Simón García de Pedro numero 2, igualmente será necesario PEDIR CITA. Teléfonos de contacto. 91 888 08 18 / 91 888 09 92.



MANIFESTACIÓN DEL PRIMERO DE MAYO


UGT convoca a la manifestación del día del Trabajador el próximo  1 mayo a las 12:00 horas cuyo recorrido será de Neptuno a Sol.

Rogamos  asistencia masiva y pedimos que se haga un esfuerzo porque como bien dice el lema de este año, “Así no salimos de la Crisis”, es importante demostrar el descontento y la unión ante una situación insostenible y la insoportable pérdida de salarios y de derechos de los trabajadores y trabajadoras.


jueves, 29 de enero de 2015

LA JUSTICIA SE MANIFIESTA A FAVOR DE MANTENER LA LICENCIA DEL ENCÍN GOLF

A pesar de la sentencia que declara ilegal la modificación del Plan de Ordenación Urbanística de Alcalá de Henares, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha manifestado a favor de mantener las licencias derivadas de la misma.

Como todos los trabajadores de Desprosa recordarán, recientemente el Tribunal Supremo anuló la modificación realizada en el Plan General de Ordenación Urbanístico de Alcalá de Henares que permitió la construcción de las instalaciones de El Encín-Golf en su emplazamiento actual. 
            
     Apoyándose en esta sentencia, la Asociación CODA-Ecologistas en Acción realizó una reclamación legal para que los efectos de la anulación se extendiesen también a las licencias otorgadas por el Ayuntamiento que se hubiesen derivado del cambio en dicho Plan, entre las que se incluyen las licencias de construcción y ocupación del campo de golf.

El Ayuntamiento de Alcalá y la Comunidad de Madrid argumentaron en contra que dichas licencias fueron concedidas con pleno respeto a la normativa vigente en aquel momento, no constando que ninguna de las licencias indicadas fuera objeto de impugnación, por lo que tienen la consideración de actos firmes y consentidos.

Finalmente el fallo del Tribunal Superior de Justicia mediante auto de fecha 10 de septiembre de 2014  considera que las licencias deben mantenerse ya que la anulación del Plan Urbanístico no conlleva necesariamente la anulación de los actos firmes derivados de él.

En el auto se argumenta que la anulación del Plan es más importante  por el hecho de evitar las acciones futuras que podrían haberse derivado de mantenerse la modificación ilegal que los efectos que ha producido en el pasado.


Esta sentencia es claramente favorable al mantenimiento de la actividad en el complejo El Encín-Golf, y esperamos que a la sostenibilidad de los puestos de trabajo asociados, suponiendo un motivo de tranquilidad y confianza en el futuro para todos  los trabajadores/as que prestan allí sus servicios.

martes, 13 de enero de 2015

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN DESPROSA



    Desde la pasada primavera hasta las fechas actuales, el trabajo del Comité de Seguridad y Salud de Desprosa se ha centrado fundamentalmente en acometer una revisión integral en materia de prevención de riesgos de todos y cada uno de los centros gestionados por la empresa. De este modo, en primer lugar el secretario del CSS y los asesores de UGT en materia de prevención, realizaron antes de las fechas estivales las visitas a Naturalcalá, Encíngolf, El Olivar y Colmenar con el fin de hacer una primera evaluación de las posibles deficiencias o carencias que pudieran presentar dichos centros. A partir de estas visitas, la parte social presentó en las sucesivas reuniones del CSS un informe de dichas visitas y puntualizó que el propósito era elegir un nuevo calendario de visitas a los mismos centros en compañía del servicio de Ibermutuamur, entidad a quien compete realizar una evaluación oficial, con la idea de contrastar dichas observaciones y elaborar un informe mucho más detallado y completo, sin ánimo de intromisión en el trabajo de los profesionales contratados. Por tanto, durante el mes de Noviembre se llevó a cabo una nueva revisión de los centros, en compañía de una técnico de prevención del servicio asociado a Ibermutuamur.            

    Actualmente podemos dar fé de que ya se están subsanando muchas de las deficiencias observadas y certificadas por la técnico, y podemos atestiguar que el nivel de colaboración por parte de la empresa ha sido netamente satisfactorio. No obstante, aún quedan grandes asuntos sin resolver que precisan de una dedicación casi inmediata, como es la revisión de algunos Planes de Emergencia y Evacuación, así como la puesta en marcha de simulacros que validen dichos planes. En la próxima reunión del CSS se solicitará que estas acciones se lleven a cabo antes de finalizar el primer trimestre de 2015 con carácter urgente.


Por otro lado, se ha estado trabajando en materia de fluidez en la comunicación entre la parte social y la empresa en materia de accidentes, así como en la solicitud de cursos de formación adecuados para el personal, abastecimiento de ciertos EPI´s, calendarios de reconocimientos médicos, etc. Queremos destacar la gestión por parte de este Comité de las bajas de dos compañeras que, aunque por motivos diferentes y con distintos niveles de dificultad en la resolución, finalmente han llegado a buen puerto.